¿Cómo puedo traer a mis familiares una vez ya tengo mi residencia o ciudadanía?


El procedimiento a seguir es radicar una petición para un familiar extranjero (petition for alien relative) una vez tenga su “estatus” como residente o la ciudadanía.

La ley de inmigración le da el derecho a los ciudadanos de los Estados Unidos a solicitar a “parientes inmediatos” (immediate relatives) sin necesidad del tiempo de espera creado por las cuotas de visas anuales, que varían de país a país, a las que están sujetas los demás inmigrantes. Parientes inmediatos son: el padre y madre, niños, y el cónyuge extranjero. También los ciudadanos pueden pedir a sus hijos mayores de edad, pero estos quedan sujetos listas de esperas para emigrar.

Los residentes permanentes pueden solicitar a sus esposos y esposas, a los niños (menores de edad), hijos solteros mayores de edad (y a los hijos de éstos), sin embargos, estos quedan sujetos a los tiempos de espera de cuotas de inmigración; por lo que puede pasar un tiempo (que varía dependiendo del país de donde viene el pariente). Algunos inmigrantes prefieren esperar unos años como residentes y solicitar para la naturalización antes de solicitar una visa de inmigrante para un pariente inmediato.

Solo los ciudadanos de los Estados Unidos pueden solicitar a sus hermanos, pero su solicitud para una visa de inmigrante siempre quedará sujeta a las cuotas descritas anteriormente, por lo que su inmigración no sería inmediata.