Inmigración familiar


Información general sobre inmigración por lazos familiares

Nota importante: La información provista en esta sección no es ni ni puede tomarse como asesoramiento legal, ni crea una relación abogado-cliente entre el lector y el Lcdo. Fernando O. Zambrana Avilés. La información aquí provista es para propósitos de orientación general sobre asuntos de las leyes de inmigración norteamericana. Para una evaluación más a fondo de un caso, o para retener nuestros servicios legales, puede darnos una llamada al 787-919-0026 y coordinar una cita. 

¿Quién puede ser peticionado?

De acuerdo con el Código de Inmigración y Ciudadanía de los Estados Unidos, si usted es ciudadano de los Estados Unidos (EE.UU) y desea traer a sus:

  1. Niños (menores de 21 años de edad),
  2. Esposo o Esposa,
  3. Padres (siempre y cuando usted ya tenga 21 años de edad),

usted puede hacer una petición para visa de inmigrante a beneficio de dichos familiares para que dicha visa esté disponible inmediatamente después de ser aprobada. Además, su solicitud no quedará sujeta al límite anual fijado por ley de número de visas que se expedirán para emigrar a los EE.UU., ni a las listas de espera de visas existentes para cada país.

Sin embargo, el que dicha visa esté disponible “inmediatamente”, no quiere decir que la misma se va a recibir al momento de solicitarla. Lamentablemente, le toma varios meses al Servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS por sus siglas en inglés) el procesar las peticiones para estas visas, a lo que hay que sumarle el periodo de tiempo que toma el Departamento de Estado (los Consulados) en citar a la persona para para procesar la expedición de la visa en el extranjero. No obstante, esto no quiere decir que los ciudadanos estadounidenses quedan desprovistos de remedio alguno para acelerar el proceso de reunificación con sus esposos o esposas extranjeros(as).

El LIFE Act (o ley de Equidad para la Inmigración Legal de Familiares) del año 2000 creó lo que se conoce hoy día como la Visa K-3. Una vez un ciudadano de los Estados Unidos solicita una visa de inmigrante para a su esposo o esposa a la USCIS, este puede solicitar una visa K-3. La misma se procesa mas rápido (actualmente el proceso entre la radicación de la solicitud para la visa y la expedición de la misma toma un poco mas de 6 meses), y le permite al extranjero que es esposo o esposa y sus hijos, hijas, hijastros e hijastras a venir a los Estados Unidos mas rápido en lo que se adjudica su visa de inmigrante.

Las visas K-3 no pueden expedirse si  la solicitud de visa de inmigrante se aprueba primero o a la misma vez que la de la K-3, y dicha aprobación llega a la Embajada o Consulado de los Estados Unidos del lugar donde resida su pariente.

Una vez estas personas vienen a los Estados Unidos con una visa K-3, y se aprueba la visa de inmigrante, estos tienen que solicitar para ajustar estatus a Residente Permanente de los Estados Unidos.

Ahora bien, si usted es un Ciudadano de los Estados Unidos y desea traer a:

  1. Hijos solteros (ya mayores de 21 años de edad),
  2. Hijos casados (ya mayores de 21 años de edad),
  3. Hermanos o Hermanas (siempre y cuando usted ya tenga 21 años de edad),

usted puede hacer una petición para una visa de inmigrante a beneficio de dichos familiares, pero la misma quedará sujeta a los límites anuales de expedición de visas para emigrar a los EE.UU., y muy probablemente a listas de espera para la expedición de la misma.

Por otro lado, si usted es un Residente Legal Permanente, usted puede hacer una petición de visa de inmigrante a beneficio de las siguientes personas:

  1. Niños (menores de 21 años de edad),
  2. Hijos solteros (ya mayores de 21 años de edad), y
  3. Su Esposo o Esposa.

Dichas solicitudes, sin embargo, quedarán sujetas a los límites anuales de expedición de visas para emigrar a los EE.UU.

 

¿Cómo funciona el proceso para pedir a un ser querido?

El procedimiento para someter peticiones para visas de inmigrante para los parientes descritos anteriormente consiste en tres etapas. La primera etapa la realiza el ciudadano o residente permanente, al someter los formularios para solicitar dicha visa para un pariente. La segunda le corresponde a la USCIS (Servicio de Inmigración): examinar y determinar si se aprueba dicha solicitud. Si esta petición se aprueba, se pasa a la tercera etapa: el proceso consular.

El Proceso Consular comienza cuando la USCIS le notifica al Centro Nacional de Visas (CNV) que la petición de visa de inmigrante fue aprobada. Una vez haya una visa disponible para el inmigrante (cosa que depende de si este es pariente inmediato de un ciudadano de los Estados Unidos o residente permanente, o si no lo es), el CNV le envía la información de la petición aprobada al consulado estadounidense del lugar donde reside el futuro inmigrante.

El consulado y/o el CNV se pondrá en contacto con el inmigrante y/o el solicitante y le enviará un paquete con una serie de documentos que este debe completar previo a la cita consular. Además, se remitirán facturas por las cantidades de $230.00 y $88.00 para procesar la solicitud de visa de inmigrante. Entre estos documentos se encuentran:

  1. “Affidavit of Support”, o declaración de capacidad económica del solicitante de la visa para mantener al inmigrante, con su factura correspondiente.
  2. Solicitud de Visa de Inmigrante y documentos anejos.
  3. Cualquier otro formulario adicional que tenga que completarse (puede variar dependiendo del país donde se encuentre el consulado).

Una vez se hagan los pagos de procesamiento y se remitan los documentos a las autoridades correspondientes, el consulado le dará una cita al inmigrante y le indicará que lleve cierta documentación y evidencia a la misma. En la cita, un oficial consular entrevistará al inmigrante, y al final de la misma, si no surgen razones para negar la expedición de una visa, se le prepará la misma al inmigrante, y se le pegará al pasaporte. Una vez el inmigrante reciba su visa, este deberá viajar a los Estados Unidos antes de la fecha de expiración en la misma. Ya admitido al país, este recibirá su tarjeta de residente al poco tiempo de su entrada.

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